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martes, 3 de abril de 2012

Cambios propuestos en la Ley del Trabajo

Un mes de bono, un mes de salario y 30 días continuos de disfrute. Así se contempla en la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT) el régimen de vacaciones. En la legislación vigente se establece que el trabajador puede disfrutar de 15 días hábiles de vacaciones luego de cumplir un año ininterrumpido de funciones para un patrono. A partir del segundo año comienza a sumar un día adicional por año de servicio hasta llegar a un máximo de 15 días adicionales.
 
Con el cambio de la ley el trabajador no tendrá necesidad de acumular, sino que disfrutará de sus 30 días continuos. La reforma le hace ganar nueve días de disfrute dado que no serán días hábiles. El pago del bono vacacional también se incrementa. En la actualidad la ley establece que cuando un trabajador sale de vacaciones se le paga su salario correspondiente y adicional a esto se da en el primer año siete días de salario como bono vacacional. En el segundo año el trabajador comienza a acumular un día de salario adicional por año de servicio hasta llegar al tope de 21 días de salario como bono de vacaciones. Para llegar a este techo el trabajador tendría que tener 14 años de servicio para un patrono.
 
El cambio en la nueva ley que diseña la Comisión Presidencial de la LOT establecerá que adicional al salario que corresponda al período de disfrute, al trabajador se le cancelarán 30 días adicionales, lo que es igual a un mes más, sin necesidad de acumular. En la nueva LOT también se prevé modificar el cálculo para el pago de horas extras y bono por jornada nocturna. Pero hasta los momentos no se han conocido los detalles. En el caso de la tercerización la ley plantea eliminarla, y solo permitirla para actividades que no sean propias de la actividad de la empresa que requiera el servicio. En estos casos entran comedores, servicios de vigilancia, mantenimiento, asistencia médica. Es posible que algunas empresas que subcontratan a otras para que realicen trabajos propios de su oficio tengan que absorber a este personal. Fuente: EMEN.

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