Sorprende mucho la propuesta realizada por el Seniat ante la Asamblea Nacional
de subir la unidad tributaria (U.T.) desde 150 BsF en 2015 hasta 177 BsF en
2016, representando un aumento de sólo el 18 %. En los últimos años hemos
notado como el monto de la U.T.
aprobado por la comisión de Finanzas de la Asamblea se ha incrementado en una manera no
proporcional a la inflación mostrada en el país; afectando sobremanera a la
clase trabajadora, especialmente los de menos ingresos.
De acuerdo al Código Orgánico Tributario vigente (2014), en su artículo
131 numeral 15, la Administración
Tributaria debe: "Reajustar
la unidad tributaria (U.T.) dentro de los quince (15) primeros días del mes de
febrero de cada año, previa opinión favorable de la Comisión Permanente
de Finanzas de la
Asamblea Nacional , sobre la base de la variación producida en
el Indice Nacional de Precios al Consumidor fijado por la autoridad competente,
del año inmediatamente anterior. La opinión de la Comisión Permanente
de Finanzas de la
Asamblea Nacional , deberá ser emitida dentro de los quince
(15) días continuos siguientes de solicitada". Es decir, el Seniat ha
incumplido con el mandato legal de ajustar el valor de la U.T. a la inflación.
El problema de ésta práctica ilegal es que los
trabajadores asalariados se ven muy perjudicados por los impuestos que debe
cancelar al fisco a pesar del deterioro del poder adquisitivo propio de los
procesos inflacionarios. Debe recordarse que las personas naturales deben
declarar y en algunos casos pagar el Impuesto Sobre