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martes, 29 de mayo de 2012

Aportes al fondo habitacional son heredables

Los "herederos legítimos" de los ahorristas del Fondo de Ahorro Obligatorio o Voluntario para la Vivienda (Faov/Favv) podrán disponer de estos recursos para construcción, compra o remodelación de su residencia. La medida fue publicada en la Gaceta Oficial Nº39.928 por el Ministerio de Vivienda, que circuló aye, estableció las "normas para la disposición de los aportes a los fondos de ahorro para la vivienda", donde se fijan los requisitos, casos y procedimientos para el uso de los recursos ahorrados.
 
El caso de la herencia aplica cuando ocurre la muerte del ahorrista, según la norma que entró en vigencia el pasado jueves. El ahorrista de los Faov/Favv también puede ceder el monto ahorrado total o parcialmente a los descendientes o ascendientes directos.
 
Esta medida es positiva para la población al considerar el esfuerzo realizado por los padres al realizar aportes continuos al fondo habitacional y hace justicia a la descendencia que se beneficia.

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