La semana pasada, salió publicada en gaceta oficial N° 39.316 la providencia mediante la cual se establecen los requisitos, controles y trámites para la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el extranjero (N° 099), donde si bien estoy de acuerdo con muchas de sus disposiciones como son el otorgamiento de divisas a menores de edad, que al no poder tener acceso a tarjetas de crédito, requieren una asignación ya que también generan gastos a los padres cuando viajan al exterior por diversos motivos; también hay que criticar otros puntos.
La discriminación por días y destinos no me parece correcto, si bien destinos lejanos como Asia y Europa merecen una mayor asignación, está no fue lo suficientemente significativa para justificar los gastos que en esos lugares se generan. Además, debido a los altos costos de los pasajes aereos para salir desde Venezuela, muchas personas procuran viajar a destinos cercanos como las islas (Antillas Holandesas) y Colombia, por lo que los viajeros con esos destinos se ven muy perjudicados por la asignación dada para esas naciones.
Por otra parte, La asignación dada a todos los destinos para viajes menores a 8 días de estancia, resulta absurdo por lo bajo del monto aprobado, a sabiendas que la cifra no alcanza para cubrir gastos minimos de un viaje de cualquier tipo, por lo que algunas personas evaluan viajar sólo a destinos donde tengan amigos donde llegar para poder hacer rendir el pequeño cupo asignado, amén de que su banco no le bloquee el acceso a sus divisas o que CADIVI no cancele sus deudas o entorpezca los procesos de manera deliberada.
1 comentario:
Lo de las restricciones a Colombia y Panamá me parecen una locura y suena más a retaliación política. Quien en su sano juicio pensará que con las asignaciones a esos países se puede hacer turismo???
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