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viernes, 31 de mayo de 2013

Algunos datos de la nueva Ley de Compra y Venta de Vehículos

El proyecto de Ley de Compra y Venta de Vehículos no fijará precios pero sí las reglas para vender u operar en el comercio de vehículos nuevos y usados hasta 10 años de uso en el país. Todos los procesos del mercado serán definidos en la norma legal que se debate en el Parlamento, y que se redujo a 36 artículos y 6 disposiciones transitorias. Fijar el precio considerado "justo" de los automóviles nuevos o usados hasta 10 años será una responsabilidad de la Sundecop y el Ministerio de Comercio, y se descarta la creación de una Comisión Mixta para tal fin como lo decía el proyecto de Ley.

La fórmula para calcular el precio detuvo la discusión de este proyecto de Ley en la Asamblea Nacional (AN), ya que una Ley no puede determinar precios pues se trata de un mercado variable. El presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, Elio Serrano, señala que la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) tiene competencia según su decreto de creación para definir estos precios. Mientras el Ministerio de Comercio administrará la pagina web donde se podrá consultar el precio de los vehículos usados. Para hacerlo deberá tener el año, modelo, kilometraje, así como el nivel de conservación que será definido en forma subjetiva por el vendedor entre: muy bueno, bueno, regular o malo.

Mientras el Proyecto legal que está en segunda discusión en la AN tiene como finalidad definir las normas a cumplir en el comercio de vehículos y las sanciones para quienes no acaten las reglas. Es parte del comercio de vehículos según Serrano: el proceso de registro y traspaso de vehículos; las normas para establecer una venta de carros usados "no cualquiera hacerlo"; como operarán las listas de espera en los concesionarios, estas deben ser supervisadas por el Indepabis como parte del control social para verificar que se cumpla con la entrega; las ensambladoras deben informar a los entes competentes cuantos vehículos y a que concesionarios se los asignó; los concesionarios deben informar todas las ventas con sus facturación y datos de comprador, y lo mismo deben reportar las notarias y registros del país. Además la banca no podrá dar créditos para compra de vehículos por precios superiores a los que determine la Sundecop o el Ministerio de Comercio; mientras las aseguradoras tampoco podrán diseñar pólizas por encima del precio máximo de venta sugerido. Los vehículos usados según determinó el Ministerio tendrán un precio de venta de 10% menos al de su precio de agencia. Sin embargo, este precio se irá moviendo en el tiempo y lo determinará la hoja de calculo que administrará el ministerio. Otra obligación que se establece en el proyecto de Ley es que las ensambladoras tendrán que proporcionar al Seniat las facturas e información sobre el uso de los cupos de un carro al año para compra de vehículos que tienen sus trabajadores y sindicatos, así como la venta a particulares. "Si un trabajador puede comprar un carro todos los años, debe justificar con su declaración de impuestos", dice Serrano. El diputado considera que la fórmula de depreciación de 10% restará el atractivo para aquellos que andan detrás de los cupos que tiene los trabajadores de las plantas ensambladoras. Pues además de pagarles por su cupo, no podrán venderlo por encima del precio que lo paguen, sino con 10% menos. Fuente: EMEN.

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