El Banco Central de Venezuela (BCV) sigue con la política de ocultamiento de cifras de la economía venezolana, y es que a la fecha no se conocen cifras oficiales de lo sucedido en materia económica durante los primeros meses de 2015, como si la población no ve el deterioro de su poder adquisitivo día a día; esto a pesar que el marco regulatorio así lo establece, dejando dudas de la transparencia y ahuyentando la inversión.
Ante la carencia de cifras, donde están los entes reguladores que no exigen su publicación? o es que acaso no se dan cuenta que ocultarlas crea un daño muy fuerte a la credibilidad de las instituciones del país, y que es mayor que el divulgarlas ya que todos saben la grave situación económica nacional por no tomar las decisiones correctas cuando debieron.
En el argot popular se dice que cuando algo se oculta es porque huele mal, es decir, no está bien. El BCV no publica la inflación y eso que su metodología de cálculo fue cambiada no hace mucho, ya que el método anterior era muy capitalista y no mostraba la realidad del país. En la calle se escuchan rumores que sólo en los dos primeros meses, la cifra inflacionaria supera los dos dígitos en cada uno de ellos y la población lo termina creyendo ante la ausencia de información oficial.
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sábado, 4 de abril de 2015
martes, 18 de febrero de 2014
PDVSA y la Ley de Precios Justos
Recientemente, hemos escuchado declaraciones de voceros oficiales del gobierno venezolano hablando de la necesidad de colocar un tope máximo a las ganancias empesariales de 30% para evitar el enriquecimiento exagerado de algunas empresas. Sin embargo, ellos olvidan que Venezuela a través de PDVSA no aplica esta premisa, por lo que se aprecia un doble discurso engañoso que no parece adecuado.
Mucho se sataniza a los empresarios venezolanos con discursos despectivos, incluyendo a sus gremios, llamándolos monopolios entre otros calificativos, pero nuevamente olvidan que Venezuela integra el mayor de los carteles mundiales como lo es la OPEP. Esto denota nuevamente un doble discurso que nadie comprende.
Podríamos decir que PDVSA es una empresa malvada que vende a precios muy elevados el crudo que con tanto esfuerzo e inversión extrae y procesa??? Creo que no, sin embargo, debe evitarse engañar al pueblo con discursos adaptados a la necesidad del momento y que dejan mucho que desear de quien los emite. Recordemos que en materia legal y judicial todos deben ser medidos con la misma vara para que pueda haber justicia.
Mucho se sataniza a los empresarios venezolanos con discursos despectivos, incluyendo a sus gremios, llamándolos monopolios entre otros calificativos, pero nuevamente olvidan que Venezuela integra el mayor de los carteles mundiales como lo es la OPEP. Esto denota nuevamente un doble discurso que nadie comprende.
Podríamos decir que PDVSA es una empresa malvada que vende a precios muy elevados el crudo que con tanto esfuerzo e inversión extrae y procesa??? Creo que no, sin embargo, debe evitarse engañar al pueblo con discursos adaptados a la necesidad del momento y que dejan mucho que desear de quien los emite. Recordemos que en materia legal y judicial todos deben ser medidos con la misma vara para que pueda haber justicia.
domingo, 22 de diciembre de 2013
Nuevas regulaciones para los boletos aéreos y facturas por la compra de los mismos
El Servicio de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) publicó en Gaceta Oficial las normas para la emisión de facturas, boletos y otros documentos por la prestación de servicios de transporte aéreo nacionales e internacionales. La resolución entrará en vigencia a partir del 1ro de febrero de 2014 y está dirigida a las aerolíneas y las agencias de viaje y turismo y demás entes que intervienen en la venta de pasajes aéreos. Entre los ítems que deben aparecer en los tickets están el nombre y apellido del pasajero; número de cédula de identidad o pasaporte, en caso de ser ciudadano extranjero; domicilio y número de teléfono; número de localizador, vuelo, boleto y Iata (en caso de vuelos internacionales); fecha de emisión del boleto; lugar de emisión; fecha de salida y de retorno. Adicionalmente, serán parte del boleto la clase; tarifa (desglosada completo por rubros); desglose de impuestos y tasas; identificación de la agencia que está emitiendo el boleto (cuando aplique); itinerario de vuelo completo, con identificación de los puntos de partida y destino; y la indicación de todas las escalas cuando aplique así como condiciones del contrato de transporte aéreo.
Agentes de viajes consultados precisaron que el número de pasaporte y el domicilio del viajero son una novedad en las normas, que aseguran no los afectan por tratarse de formalidades. Sin embargo, advirtieron que las normas contenidas en la resolución publicada en la Gaceta Oficial 40.318 están dirigidas a controlar la movilidad de los viajeros a raíz de los llamados “raspa cupos” que afloró este año ante el repunte del dólar en el mercado paralelo. Creen que la norma puede estar dirigida a frenar la adquisición de boletos internacionales desde el exterior utilizando a Caracas como punto de partida para destinos como Europa, en una práctica que Andrés Izarra, ministro de Turismo, ha calificado como triangulación.
La resolución precisa que las facturas emitidas con ocasión de la compra de boletos aéreos deben incluir el nombre y apellido del pasajero, número de cédula de identidad y de pasaporte cuando se trata de un viaje internacional y domicilio fiscal. Señala que, en caso de menores de edad se debe incluir el domicilio fiscal del o los representantes legales. Las facturas también deben incorporar número de teléfono, línea aérea, número de boleto, itinerario del vuelo y forma de pago. Agentes de viaje señalaron que las novedades en la norma relacionada con la emisión de factura tiene que ver con la inclusión del itinerario de viaje y el número de pasaporte. Viajeros preocupados señalaron que la norma puede dificultar la compra de boletos en tanto que entre la fecha emisión del ticket y el viaje muchos pasajeros aprovechan de sacar o renovar el pasaporte. Agentes de viaje aseguraron que el documento debe estar vigente a la hora de comprar el pasaje y precisaron que para efectos del viaje debe tener una vigencia de al menos seis meses. Fuentes cercanas a las líneas aéreas aseguraron que una providencia del Inac de hace más de una década considera el boleto aéreo como una factura, lo que exime a las empresas de transporte aéreo de emitirlas. Caso distinto es el de las agencias de viajes, que sí deben presentar factura en la que incluyen cobro de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y comisión de servicio. Fuente: EMEN.
Agentes de viajes consultados precisaron que el número de pasaporte y el domicilio del viajero son una novedad en las normas, que aseguran no los afectan por tratarse de formalidades. Sin embargo, advirtieron que las normas contenidas en la resolución publicada en la Gaceta Oficial 40.318 están dirigidas a controlar la movilidad de los viajeros a raíz de los llamados “raspa cupos” que afloró este año ante el repunte del dólar en el mercado paralelo. Creen que la norma puede estar dirigida a frenar la adquisición de boletos internacionales desde el exterior utilizando a Caracas como punto de partida para destinos como Europa, en una práctica que Andrés Izarra, ministro de Turismo, ha calificado como triangulación.
La resolución precisa que las facturas emitidas con ocasión de la compra de boletos aéreos deben incluir el nombre y apellido del pasajero, número de cédula de identidad y de pasaporte cuando se trata de un viaje internacional y domicilio fiscal. Señala que, en caso de menores de edad se debe incluir el domicilio fiscal del o los representantes legales. Las facturas también deben incorporar número de teléfono, línea aérea, número de boleto, itinerario del vuelo y forma de pago. Agentes de viaje señalaron que las novedades en la norma relacionada con la emisión de factura tiene que ver con la inclusión del itinerario de viaje y el número de pasaporte. Viajeros preocupados señalaron que la norma puede dificultar la compra de boletos en tanto que entre la fecha emisión del ticket y el viaje muchos pasajeros aprovechan de sacar o renovar el pasaporte. Agentes de viaje aseguraron que el documento debe estar vigente a la hora de comprar el pasaje y precisaron que para efectos del viaje debe tener una vigencia de al menos seis meses. Fuentes cercanas a las líneas aéreas aseguraron que una providencia del Inac de hace más de una década considera el boleto aéreo como una factura, lo que exime a las empresas de transporte aéreo de emitirlas. Caso distinto es el de las agencias de viajes, que sí deben presentar factura en la que incluyen cobro de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y comisión de servicio. Fuente: EMEN.
martes, 10 de diciembre de 2013
Gobierno venezolano procura flexibilizar leyes cambiarias
La norma cambiaria se flexibiliza para las transacciones de las personas naturales residentes en el país que abran o posean una cuenta en moneda extranjera en la red de banca pública. Las mismas quedan exentas de cumplir las limitaciones dispuestas en la Ley contra Ilícitos Cambiarios. Según lo establecido en la reforma parcial de dicho instrumento legal, realizado por el Presidente en el marco de sus poderes especiales para legislar y publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.117, se les exceptúa de cumplir con los artículos 5 y 9 de esta ley, así como cualquier otra norma legal que colide con esta disposición.
De esta manera, toda persona natural que haga operaciones con divisas por medio de su cuenta en divisas en la Banca Pública, no tendrá que declarar el ingreso o egreso de divisas en dichas cuentas por montos superiores a 10.000 dólares, como lo establece el artículo 5. Este obliga a declarar ante la Autoridad Administrativa en Materia Cambiaria la naturaleza y monto de estas operaciones, pero las personas naturales residentes en Venezuela no tendrán que cumplirlo, pero sí mantiene vigente para las personas jurídicas. Mientras que ya no será un ilícito el poseer o hacer operaciones por más de 10.000 dólares, como lo establecía el artículo 9, referido a los ilícitos cambiarios. Dicho artículo dice que es competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela (BCV) la liquidación de saldos en divisas, bien sea en moneda o títulos valores; al tiempo que establece que cualquier persona que compra, venda o que de cualquier modo enajene, ofrezca, transfiera o reciba divisas entre $10.000 y $20.000 puede ser sancionado. Esto queda sin efecto para las operaciones de las personas naturales que hagan sus movimientos en cuentas denominadas en divisas en la banca pública, pues la reforma hecha por el mandatario las exceptúa de su cumplimiento. De esta manera no habrá limitación en cuanto al monto de las operaciones con divisas que se hagan a través de estas cuentas, y hacerlo o tener más de esos montos no será objeto de sanción o multa.
Las autoridades y la banca pública, al igual que en cualquier operación mantendrán las medidas de seguridad internacionales referidas a legitimación de capitales que rigen a todo el sistema para las operaciones en bolívares. Sin embargo, las personas jurídicas y naturales que no haga sus operaciones en el país a través de la red pública, y contravengan estas disposiciones, serán sancionadas con multas por el doble de la operación o entre dos a seis años de prisión. El Presidente había indicado que las sanciones para los ilícitos aumentaba y sería de entre 6 y 12 años de privativa de libertad. Pero la ley los mantiene entre 2 a 6 años de prisión. Los títulos valores emitidos por la República y adquiridos por personas naturales o jurídicas, ya habían sido exceptuados de estas obligaciones y sanciones legales en otra reforma. Según lo publicado en Gaceta Oficial, la única reforma hecha al texto legal queda establecido en la disposición transitoria tercera de la ley, que dice: “Quedan exentas de la aplicación de los artículos 5 y 9 de la ley, así como cualquier otra norma que colide con esta disposición, las personas naturales residentes en la República que abran o posean cuentas en moneda extranjera en la Banca Pública”. El mandatario dijo en su anuncio que esta medida tenía como objeto “facilitar la apertura de cuentas en dólares” para que las personas trajeran al país sus divisas y pudieran adquirir bienes o servicios desde sus cuentas, e impulsar la exportación y la economía del país. Con esta decisión la banca privada ha quedado fuera de la participación como intermediaria de las personas naturales en esta flexibilización se hace el Ejecutivo en el mercado cambiario.
Según han señalado las cuentas en moneda extranjera fueron abiertas en mayor medida por la Banca Pública, mientras la privada muy pocas. El ministro para la Banca Pública, Rodolfo Marcos Torres, dijo que a la fecha existen más de 52.000 cuentas. Fuente: EMEN.
De esta manera, toda persona natural que haga operaciones con divisas por medio de su cuenta en divisas en la Banca Pública, no tendrá que declarar el ingreso o egreso de divisas en dichas cuentas por montos superiores a 10.000 dólares, como lo establece el artículo 5. Este obliga a declarar ante la Autoridad Administrativa en Materia Cambiaria la naturaleza y monto de estas operaciones, pero las personas naturales residentes en Venezuela no tendrán que cumplirlo, pero sí mantiene vigente para las personas jurídicas. Mientras que ya no será un ilícito el poseer o hacer operaciones por más de 10.000 dólares, como lo establecía el artículo 9, referido a los ilícitos cambiarios. Dicho artículo dice que es competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela (BCV) la liquidación de saldos en divisas, bien sea en moneda o títulos valores; al tiempo que establece que cualquier persona que compra, venda o que de cualquier modo enajene, ofrezca, transfiera o reciba divisas entre $10.000 y $20.000 puede ser sancionado. Esto queda sin efecto para las operaciones de las personas naturales que hagan sus movimientos en cuentas denominadas en divisas en la banca pública, pues la reforma hecha por el mandatario las exceptúa de su cumplimiento. De esta manera no habrá limitación en cuanto al monto de las operaciones con divisas que se hagan a través de estas cuentas, y hacerlo o tener más de esos montos no será objeto de sanción o multa.
Las autoridades y la banca pública, al igual que en cualquier operación mantendrán las medidas de seguridad internacionales referidas a legitimación de capitales que rigen a todo el sistema para las operaciones en bolívares. Sin embargo, las personas jurídicas y naturales que no haga sus operaciones en el país a través de la red pública, y contravengan estas disposiciones, serán sancionadas con multas por el doble de la operación o entre dos a seis años de prisión. El Presidente había indicado que las sanciones para los ilícitos aumentaba y sería de entre 6 y 12 años de privativa de libertad. Pero la ley los mantiene entre 2 a 6 años de prisión. Los títulos valores emitidos por la República y adquiridos por personas naturales o jurídicas, ya habían sido exceptuados de estas obligaciones y sanciones legales en otra reforma. Según lo publicado en Gaceta Oficial, la única reforma hecha al texto legal queda establecido en la disposición transitoria tercera de la ley, que dice: “Quedan exentas de la aplicación de los artículos 5 y 9 de la ley, así como cualquier otra norma que colide con esta disposición, las personas naturales residentes en la República que abran o posean cuentas en moneda extranjera en la Banca Pública”. El mandatario dijo en su anuncio que esta medida tenía como objeto “facilitar la apertura de cuentas en dólares” para que las personas trajeran al país sus divisas y pudieran adquirir bienes o servicios desde sus cuentas, e impulsar la exportación y la economía del país. Con esta decisión la banca privada ha quedado fuera de la participación como intermediaria de las personas naturales en esta flexibilización se hace el Ejecutivo en el mercado cambiario.
Según han señalado las cuentas en moneda extranjera fueron abiertas en mayor medida por la Banca Pública, mientras la privada muy pocas. El ministro para la Banca Pública, Rodolfo Marcos Torres, dijo que a la fecha existen más de 52.000 cuentas. Fuente: EMEN.
domingo, 15 de septiembre de 2013
Autorizada fusión de BOD y Corp Banca
La fusión entre el Banco Occidental de Descuento (BOD) y Corp Banca ya fue autorizada por la Superintendencia de Bancos (Sudeban) y publicada en Gaceta Oficial. Según otras fuentes vinculadas a estas dos entidades bancarias, la noticia no ha sido una sorpresa, pues aseguran que desde que se inició la petición de la fusión se ha cumplido a cabalidad con todos los requisitos solicitados por la Sudeban. Sin embargo, la autorización por parte del organismo supervisor tardó. La solicitud hecha por Víctor Vargas, presidente del BOD, se hizo hace cinco años y, desde entonces, se esperó por la respuesta positiva del organismo regulador. Para los consultados, en el retraso también incidió la entrada en vigencia de la nueva Ley de Bancos, que hizo nuevas exigencias.
Después de la autorización en Gaceta, la estrategia se encaminará en fortalecer una sola marca, la del BOD, pues será el nombre de la institución que quedará en el país. Para eso, tendrá que terminar el convenio con la marca chilena Corp Banca, cuyo uso implica costos significativos. De hecho, durante estos años en los que la Sudeban no autorizó la unificación de los dos bancos, este grupo financiero debió asumir las pérdidas que le generaba el uso del nombre Corp Banca, aun cuando ya no era necesario. Ahora, ya con la permisología formal en regla, se ejecutarán los cambios en las agencias para fortalecer la imagen y el nombre BOD en todas las agencias de Corp Banca, incluso, ya se ha adelantado parte de este trabajo, según lo que permite el organismo supervisor.
El BOD pasará a estar entre los primeros cinco bancos del país, pues aumentará tanto en captaciones del público, como en cartera de crédito. El banco pasará a tener 7,1% de participación del mercado en captaciones del público en todo el sector financiero (privado y público), ya que sumará Bs. 70.339 millones, ubicándose entre los primeros del país en depósitos. Mientras que en cartera de crédito, las dos entidades alcanzarán Bs. 37.013 millones, que les da 7,4% de participación de mercado en esta categoría.
Después de la autorización en Gaceta, la estrategia se encaminará en fortalecer una sola marca, la del BOD, pues será el nombre de la institución que quedará en el país. Para eso, tendrá que terminar el convenio con la marca chilena Corp Banca, cuyo uso implica costos significativos. De hecho, durante estos años en los que la Sudeban no autorizó la unificación de los dos bancos, este grupo financiero debió asumir las pérdidas que le generaba el uso del nombre Corp Banca, aun cuando ya no era necesario. Ahora, ya con la permisología formal en regla, se ejecutarán los cambios en las agencias para fortalecer la imagen y el nombre BOD en todas las agencias de Corp Banca, incluso, ya se ha adelantado parte de este trabajo, según lo que permite el organismo supervisor.
El BOD pasará a estar entre los primeros cinco bancos del país, pues aumentará tanto en captaciones del público, como en cartera de crédito. El banco pasará a tener 7,1% de participación del mercado en captaciones del público en todo el sector financiero (privado y público), ya que sumará Bs. 70.339 millones, ubicándose entre los primeros del país en depósitos. Mientras que en cartera de crédito, las dos entidades alcanzarán Bs. 37.013 millones, que les da 7,4% de participación de mercado en esta categoría.
jueves, 12 de septiembre de 2013
PDVSA reacciona ante fallo del CIADI
El gobierno no tardó en salirle al paso al fallo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), órgano de arbitraje del Banco Mundial, que afirma que Venezuela no negoció de buena fe con la empresa Conoco Phillips, tras la expropiación de sus activos en 2007. "Nosotros podemos demostrar la mala fe de Conoco", replicó ayer Rafael Ramírez, ministro de Petróleo y Minería. De acuerdo a los alegatos presentados por Ramírez, Conoco Phillips y "la vieja Pdvsa", según sus palabras, firmaron en su momento un acuerdo en el que la estatal petrolera se comprometía a establecer un mecanismo de indemnización a la transnacional por un máximo de 27 dólares por barril de petróleo, si se presentaba una situación de litigio. "En ese momento fijaron un tope de 27 dólares, que fue lo más alto que les pareció, porque en ese tiempo el barril de petróleo estaba en $11. Con base a ese documento firmado entre las partes, nosotros de buena fe, estábamos llegando a un acuerdo, pero en 2008, cuando se dispara el precio del petróleo, no discutieron más y dijeron: yo voy por los $100".
El representante del Ejecutivo anunció que el equipo de abogados de Petróleos de Venezuela solicitará este fin de semana una audiencia al tribunal para revisar esta decisión, ya que considera que en el resto de los aspectos el árbitro ha sentenciado ajustándose a los documentos, como en lo relativo al aumento de las regalías de 1% a 33% y el incremento del Islr de 34% a 50%, así como en la interpretación del artículo 22 de la Ley de Protección de Inversiones, eximiendo a la República del pago de $10.000 millones.
"Nosotros no vamos a aceptar de ninguna manera que algo que ya fue firmado y se estableció un mecanismo de compensación, ahora se lo quieran saltar (...) Como el tribunal se ha abocado tanto a los documentos firmados, vamos a ver si respeta o no lo que se firmó en aquel momento. Pdvsa y Conoco acordaron que si era necesaria una indemnización tenía que tener un tope de hasta 27 (dólares el barril), no es que lo calculan al precio de hoy de $100. Lo escribieron y está firmado, así que vamos a ver que hacen". Precisó el ministro que él se reunión en tres oportunidades con el presidente de Conoco, mientras los equipos negociadores sostuvieron encuentros en 10 ocasiones; por lo tanto, rechaza que se acuse a Venezuela de no haber actuado de buena fe. Fuente: EMEN.
El representante del Ejecutivo anunció que el equipo de abogados de Petróleos de Venezuela solicitará este fin de semana una audiencia al tribunal para revisar esta decisión, ya que considera que en el resto de los aspectos el árbitro ha sentenciado ajustándose a los documentos, como en lo relativo al aumento de las regalías de 1% a 33% y el incremento del Islr de 34% a 50%, así como en la interpretación del artículo 22 de la Ley de Protección de Inversiones, eximiendo a la República del pago de $10.000 millones.
"Nosotros no vamos a aceptar de ninguna manera que algo que ya fue firmado y se estableció un mecanismo de compensación, ahora se lo quieran saltar (...) Como el tribunal se ha abocado tanto a los documentos firmados, vamos a ver si respeta o no lo que se firmó en aquel momento. Pdvsa y Conoco acordaron que si era necesaria una indemnización tenía que tener un tope de hasta 27 (dólares el barril), no es que lo calculan al precio de hoy de $100. Lo escribieron y está firmado, así que vamos a ver que hacen". Precisó el ministro que él se reunión en tres oportunidades con el presidente de Conoco, mientras los equipos negociadores sostuvieron encuentros en 10 ocasiones; por lo tanto, rechaza que se acuse a Venezuela de no haber actuado de buena fe. Fuente: EMEN.
martes, 3 de septiembre de 2013
Postura sobre la nueva ley de carros
Las medidas y disposiciones que contiene la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Nuevos y Usados Nacionales o Importados, sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 13 de este mes, "agrava y profundiza la crisis del sector automotriz", puesto que "tratar de reducir los precios, disminuirá la oferta de automóviles nuevos", afirma el economista Julio César Peraza, doctor en Derecho y profesor de la Universidad Central de Venezuela (UCV). De igual manera, "la compraventa de vehículos usados a precios irracionales reducirá la oferta e incentivará las operaciones 'por debajo de la mesa', dado que el precio que cada vendedor desea será siempre mayor al determinado por la fórmula técnica que contiene la ley", agrega. "Como todo control que crea diferenciales muy grandes, incentivará conductas no deseadas por el Gobierno y la sociedad", advierte Peraza.
Por otra parte, el ahora establecimiento en la ley de listas de espera, "que no son más que colas escritas", significará que "necesariamente el número de interesados tenderá al infinito, mientras que la espera por un vehículo se prolongará por varios años". Peraza explica que al hacer la crítica de la referida ley, que aún no ha recibido el ejecútese del Presidente de la República, se siente "obligado a proponer soluciones". Sin embargo, "en este caso estamos en presencia de un problema insoluble, a menos que se resuelva, de alguna manera, el problema cambiario y, por otro lado, que se adopte un sistema de intervención racional del Estado en la economía". No obstante, afirma que en realidad y sin duda alguna el gobierno tenía que hacer algo frente al problema, pues "actualmente en Venezuela se da la paradoja de que un vehículo usado tiene un precio de venta mayor al de un carro nuevo". "No dudo de la noble intención del gobierno, al tratar de controlar los precios para lograr el beneficio de las mayorías; empero, dudo de la efectividad de esta nueva ley para lograrlo". Sostiene que se trata de "una ley represora y prohibitiva que aplicará sanciones que van de 10.000 hasta 50.000 unidades tributarias (UT)". Sugiere que todas las personas interesadas analicen la fórmula, incluida en la ley, que deberán aplicar para determinar el precio máximo de venta de los vehículos usados.
Considera que "la medida más dañina" que se adoptó en el gobierno del expresidente Chávez desde febrero de 2003, y que se mantiene en la actualidad, es el control de cambio. "Dicho control dificulta el ensamblaje de vehículos automotores nuevos, la producción e importación de autopartes y el mantenimiento de los carros", dice. Peraza opina que la solución del problema que representan los elevados precios de los vehículos nuevos y usados, "pasa por la eliminación del control de cambio y por el incremento de la producción de carros en el país, lo que requiere estimular el desarrollo de esa industria". Además, resulta imprescindible aplicar políticas que definitivamente frenen el proceso inflacionario. Recuerda que el artículo 299 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece la libre competencia, y afirma: "La libre competencia en el mercado permite la libre formación de los precios y es el mejor escenario para asignar los recursos productivos y optimizar el bienestar y eficiencia de consumidores y empresarios, sin escasez de oferta y sin tensiones sociales". En cambio la intervención "es toda acción o acto de gobierno que sustituye la libre formación de los precios de bienes y servicios propia de los mercados competitivos, previstos en la Constitución venezolana". Sin embargo, Peraza explica que el Estado posee facultades "para planificar, racionalizar y regular la economía cuando se esté en presencia de fallas de mercado, de justicia social o de eficiencia originadas en erradas medidas tomadas por el propio Estado, como la anarquía que pulula en la oferta y demanda de vehículos automotores, caracterizada por una oferta insuficiente, precios máximos de venta al público irracionales en una economía desequilibrada con una inflación que tiende a superar 45% este año".
Por otra parte, el ahora establecimiento en la ley de listas de espera, "que no son más que colas escritas", significará que "necesariamente el número de interesados tenderá al infinito, mientras que la espera por un vehículo se prolongará por varios años". Peraza explica que al hacer la crítica de la referida ley, que aún no ha recibido el ejecútese del Presidente de la República, se siente "obligado a proponer soluciones". Sin embargo, "en este caso estamos en presencia de un problema insoluble, a menos que se resuelva, de alguna manera, el problema cambiario y, por otro lado, que se adopte un sistema de intervención racional del Estado en la economía". No obstante, afirma que en realidad y sin duda alguna el gobierno tenía que hacer algo frente al problema, pues "actualmente en Venezuela se da la paradoja de que un vehículo usado tiene un precio de venta mayor al de un carro nuevo". "No dudo de la noble intención del gobierno, al tratar de controlar los precios para lograr el beneficio de las mayorías; empero, dudo de la efectividad de esta nueva ley para lograrlo". Sostiene que se trata de "una ley represora y prohibitiva que aplicará sanciones que van de 10.000 hasta 50.000 unidades tributarias (UT)". Sugiere que todas las personas interesadas analicen la fórmula, incluida en la ley, que deberán aplicar para determinar el precio máximo de venta de los vehículos usados.
Considera que "la medida más dañina" que se adoptó en el gobierno del expresidente Chávez desde febrero de 2003, y que se mantiene en la actualidad, es el control de cambio. "Dicho control dificulta el ensamblaje de vehículos automotores nuevos, la producción e importación de autopartes y el mantenimiento de los carros", dice. Peraza opina que la solución del problema que representan los elevados precios de los vehículos nuevos y usados, "pasa por la eliminación del control de cambio y por el incremento de la producción de carros en el país, lo que requiere estimular el desarrollo de esa industria". Además, resulta imprescindible aplicar políticas que definitivamente frenen el proceso inflacionario. Recuerda que el artículo 299 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece la libre competencia, y afirma: "La libre competencia en el mercado permite la libre formación de los precios y es el mejor escenario para asignar los recursos productivos y optimizar el bienestar y eficiencia de consumidores y empresarios, sin escasez de oferta y sin tensiones sociales". En cambio la intervención "es toda acción o acto de gobierno que sustituye la libre formación de los precios de bienes y servicios propia de los mercados competitivos, previstos en la Constitución venezolana". Sin embargo, Peraza explica que el Estado posee facultades "para planificar, racionalizar y regular la economía cuando se esté en presencia de fallas de mercado, de justicia social o de eficiencia originadas en erradas medidas tomadas por el propio Estado, como la anarquía que pulula en la oferta y demanda de vehículos automotores, caracterizada por una oferta insuficiente, precios máximos de venta al público irracionales en una economía desequilibrada con una inflación que tiende a superar 45% este año".
lunes, 2 de septiembre de 2013
Nueva ley de carros espera por su publicación en Gaceta Oficial
La ley que regula la Compra y Venta de Vehículos nuevos y usados, nacionales e importados, no será promulgada por Secretaría; el presidente Nicolás Maduro tiene previsto poner el ejecútese de la norma en un acto donde según indicó el vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN) Darío Vivas, el jefe de estado "explicará al pueblo de qué se trata la ley". La ley ya tiene dos semanas de haber sido sancionada por la plenaria del Parlamento, y solo espera salir en la Gaceta Oficial para entrar en vigencia y regir la comercialización del sector automotor. Algunos interesados apuestan a que no sea promulgada. Sin embargo, mientras llega el acto oficial, la AN adelantó una reunión ayer con los entes gubernamentales que serán parte de esta fiscalización para sellar el compromiso. De este encuentro participaron los representantes del Indepabis, Sundecop, BCV, Cadivi, y el Cicpc.
El presidente del Indepabis, Eduardo Samán, presente también en la AN, aseguró que el ente se compromete con el pueblo a ejercer las acciones que les competen. Las sanciones dispuestas en la Ley del Indepabis serán las que apliquen a quienes infrinjan el instrumento, así como las multas dispuestas en el texto legal. Samán dijo que aunque existe un marco jurídico amplio, esta ley tiene la importancia de ser "especifica" para este sector y esto facilitará la fiscalización y las sanciones. "Hay quienes te dicen que ley está violando, y puede que estén violando hasta la Constitución, pero no ven el delito específico, por lo tanto está ley ayudará a tipificarlo, y aún más se logrará con el reglamento que debe hacer el Ejecutivo". Samán detalló que en estos casos está implícito hasta un tema ético, porque las ensambladoras y concesionarios recibieron todos divisas oficiales, pero sin embargo, hubo especulación. "Solo hay tres formas de traer vehículos al país. La primera es a través de certificados de no producción o de producción insuficiente que se otorgan a las ensambladoras para que traigan el material de ensamblaje; la segunda es con permisos de importación dados a los concesionarios para traer el vehículo ya listo; y la tercera es cuerpos diplomáticos que traen con recursos propios".
El representante de Cadivi, Gerardo Escobar, gerente de operaciones, señaló durante la reunión de trabajo, que el ente que asigna las divisas al único sector que le asignó un presupuesto definido fue al automotriz, que siempre ha estado entre 10 % y 20% del total asignado. Escobar señaló que es cierto que después de 2008 con la crisis financiera tuvieron que restringir un poco, pues era más importante el sector salud, alimentos, todo lo que fueran de primera necesidad. Pero que el sector automotor nunca dejó de recibir las divisas. Dijo que cuando se les pidió explicaran los costos, el sector alegaba los de nacionalización y de demoras en aduanas, pero ponían unos interese muy altos, y luego en los balances no había información. "Un vehículo importado no ensamblado costaba $30.000". Por lo que consideró importante que se discutan todas las variables para conocer las verdaderas causas y se analice la red de distribución, pues asegura que las ensambladoras si acaso tiene dos o tres concesionarios directos, "el resto son concesiones y es importante hacer cumplir a este sector que está recibiendo divisas oficiales, todas son dadas a través de Cadivi". Fuente: EMEN.
El presidente del Indepabis, Eduardo Samán, presente también en la AN, aseguró que el ente se compromete con el pueblo a ejercer las acciones que les competen. Las sanciones dispuestas en la Ley del Indepabis serán las que apliquen a quienes infrinjan el instrumento, así como las multas dispuestas en el texto legal. Samán dijo que aunque existe un marco jurídico amplio, esta ley tiene la importancia de ser "especifica" para este sector y esto facilitará la fiscalización y las sanciones. "Hay quienes te dicen que ley está violando, y puede que estén violando hasta la Constitución, pero no ven el delito específico, por lo tanto está ley ayudará a tipificarlo, y aún más se logrará con el reglamento que debe hacer el Ejecutivo". Samán detalló que en estos casos está implícito hasta un tema ético, porque las ensambladoras y concesionarios recibieron todos divisas oficiales, pero sin embargo, hubo especulación. "Solo hay tres formas de traer vehículos al país. La primera es a través de certificados de no producción o de producción insuficiente que se otorgan a las ensambladoras para que traigan el material de ensamblaje; la segunda es con permisos de importación dados a los concesionarios para traer el vehículo ya listo; y la tercera es cuerpos diplomáticos que traen con recursos propios".
El representante de Cadivi, Gerardo Escobar, gerente de operaciones, señaló durante la reunión de trabajo, que el ente que asigna las divisas al único sector que le asignó un presupuesto definido fue al automotriz, que siempre ha estado entre 10 % y 20% del total asignado. Escobar señaló que es cierto que después de 2008 con la crisis financiera tuvieron que restringir un poco, pues era más importante el sector salud, alimentos, todo lo que fueran de primera necesidad. Pero que el sector automotor nunca dejó de recibir las divisas. Dijo que cuando se les pidió explicaran los costos, el sector alegaba los de nacionalización y de demoras en aduanas, pero ponían unos interese muy altos, y luego en los balances no había información. "Un vehículo importado no ensamblado costaba $30.000". Por lo que consideró importante que se discutan todas las variables para conocer las verdaderas causas y se analice la red de distribución, pues asegura que las ensambladoras si acaso tiene dos o tres concesionarios directos, "el resto son concesiones y es importante hacer cumplir a este sector que está recibiendo divisas oficiales, todas son dadas a través de Cadivi". Fuente: EMEN.
martes, 13 de agosto de 2013
Ley de carros no termina de hacerse pública
En el Parlamento se dijo que la Comisión de Administración y Servicios dará una revisión final al informe de la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados (hasta 10 años) para ajustar detalles, como un error en la reproducción del texto en el que se omitió colocar la sanción para las instituciones financieras que den créditos por encima del valor fijado por el ente competente. Para este delito se aplicará la misma multa de 10.000 UT que se prevé para las empresas aseguradoras que den una póliza superior.
Sin embargo, fuentes del Ejecutivo aseguran que la ley fue retenida en el alto gobierno, para una revisión más profunda, pues las empresas ensambladoras están presionando para que se cambie la fecha del 28 de febrero de 2013 como referencia para calcular los precios. Dicen que en el Ejecutivo hay temor de que las ensambladoras bajen la producción y eso termine de romper con las metas de crecimiento económico. El debate dado está entre quienes consideran que debe mantenerse la fecha pues en ella se toma en cuenta la devaluación de la moneda que se produjo el 8 de febrero de 2013, y quienes señalan que desde entonces las ensambladoras han hecho cinco ajustes de precio, y no son tomados en cuenta. Estos cinco ajustes, según señalan, no han sido justificados.
La ley, además de ser una promesa de la campaña electoral del presidente Nicolás Maduro, ha dado vueltas durante cuatro años en el Parlamento, amenazando con controlar la "especulación de precios" de los vehículos nuevos y las distorsiones que se han generado en el mercado secundario y han inflado el valor de este bien. Fuente: EMEN.
Sin embargo, fuentes del Ejecutivo aseguran que la ley fue retenida en el alto gobierno, para una revisión más profunda, pues las empresas ensambladoras están presionando para que se cambie la fecha del 28 de febrero de 2013 como referencia para calcular los precios. Dicen que en el Ejecutivo hay temor de que las ensambladoras bajen la producción y eso termine de romper con las metas de crecimiento económico. El debate dado está entre quienes consideran que debe mantenerse la fecha pues en ella se toma en cuenta la devaluación de la moneda que se produjo el 8 de febrero de 2013, y quienes señalan que desde entonces las ensambladoras han hecho cinco ajustes de precio, y no son tomados en cuenta. Estos cinco ajustes, según señalan, no han sido justificados.
La ley, además de ser una promesa de la campaña electoral del presidente Nicolás Maduro, ha dado vueltas durante cuatro años en el Parlamento, amenazando con controlar la "especulación de precios" de los vehículos nuevos y las distorsiones que se han generado en el mercado secundario y han inflado el valor de este bien. Fuente: EMEN.
martes, 6 de agosto de 2013
Hoy sancionarán la nueva ley de compra-venta de carros
Luego de rodar durante cuatro años por el Parlamento, Ley de Compra y Venta de Vehículos nuevos y usados, fue aprobada en segunda discusión en la Plenaria de la Asamblea Nacional (AN), por cambios de forma y fondo en los últimos artículos, la sanción definitiva será hoy cuando se de lectura al informe final de este instrumento legal.
La ley regula la comercialización en el mercado automotriz en general, vehículos nuevos y los usados hasta diez años de uso, y congela los precios hasta los vigentes al 28 de febrero de 2013. Mientras el Ministerio de Comercio pone en funcionamiento la pagina web donde se aplicará una fórmula para calcular el precio de los vehículos usados, estos podrán ser vendidos al 90% del precio fijado para esa fecha a vehículos iguales o de similares características. Las empresas aseguradoras también deben regirse por los precios que defina el Ministerio de Comercio y la Sundecop. Sin embargo, las pólizas que ya están activas se mantendrán con esos valores hasta su vencimiento, una vez finalizada deben ajustarse.
Las instituciones bancarias tampoco pueden otorgar créditos para compra de vehículos a valores superiores a los que fijen los entes gubernamentales. Toda operación de compra-venta que salga de los parámetros establecidos en la Ley, no podrá ser notariada, ni registrada. Todo el que incurra en los supuestos ilícitos que define el texto legal, será penado con fuertes sanciones que van desde 5.000 Unidades Tributarias (UT) hasta 20.000 UT.
La ley regula la comercialización en el mercado automotriz en general, vehículos nuevos y los usados hasta diez años de uso, y congela los precios hasta los vigentes al 28 de febrero de 2013. Mientras el Ministerio de Comercio pone en funcionamiento la pagina web donde se aplicará una fórmula para calcular el precio de los vehículos usados, estos podrán ser vendidos al 90% del precio fijado para esa fecha a vehículos iguales o de similares características. Las empresas aseguradoras también deben regirse por los precios que defina el Ministerio de Comercio y la Sundecop. Sin embargo, las pólizas que ya están activas se mantendrán con esos valores hasta su vencimiento, una vez finalizada deben ajustarse.
Las instituciones bancarias tampoco pueden otorgar créditos para compra de vehículos a valores superiores a los que fijen los entes gubernamentales. Toda operación de compra-venta que salga de los parámetros establecidos en la Ley, no podrá ser notariada, ni registrada. Todo el que incurra en los supuestos ilícitos que define el texto legal, será penado con fuertes sanciones que van desde 5.000 Unidades Tributarias (UT) hasta 20.000 UT.
jueves, 18 de julio de 2013
TSJ cierra el paso a las casas de bolsa
El Gobierno busca los caminos para una apertura cambiaria que facilite el acceso a divisas y mejore la producción nacional. Pero para eso debe primero recuperar la confianza del sector privado, evitando así una amplia fuga de divisas, y en eso está a través de los encuentros con el sector privado. En la mesa del gabinete económico se ha discutido sobre el posible regreso del permuta, ya sea como estaba establecido hasta el 2010 (cuando se eliminó) o a través del propio Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad), en donde se venderían dólares directamente, pero también a través de títulos valores. Sin embargo, todavía está en estudio esta alternativa.
De hecho, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), negó la semana pasada una solicitud hecha por casas de bolsa del país, en donde solicitaron una revisión de la disposición que les prohibió negociar papeles del Estado. Hay que recordar que el mercado permuta anterior se manejaba en gran parte a través de estas empresas, y con bonos de deuda pública en dólares. Incluso, el hecho de que varios de los juicios emprendidos a casas de bolsa, relacionados con este mercado, todavía no estén resueltos del todo, es uno de los aspectos que tiene en todavía en evaluación la decisión de un posible regreso del permuta. Sin embargo, el diputado Elvis Amoroso, ya indicó que se debería realizar una nueva reforma a la ley de Ilícitos Cambiarios, lo que plantea la posibilidad de nuevos cambios en el esquema cambiario del país.
Y, de hecho, para Luis Vicente León, director de Datanálisis, una "despenalización" en el mercado sería una opción para el Gobierno en la vía para conseguir una forma eficiente para la distribución de divisas, en función de mejorar la producción nacional, y disminuir los índices de escasez. "La única vía que tiene el Gobierno es permitir un mercado múltiple en el que mantenga su dólar subsidiado, pero despenalice el resto de las operaciones cambiarias para que el mercado regrese a una tasa por debajo de la no oficial", señaló en su columna. Para Alejandro Grisanti, encargado del departamento para América Latina de Barclays Capital, el Gobierno primero está trabajando en el acercamiento con los empresarios. "Hay que procurar mayor estabilidad en la economía, reducir volatilidad, disminuir la desconfianza en el sector privado, pues si no, podría darse una sobre demanda de divisas", señaló el experto. Grisanti estima que primero se establecerá el Sicad, con ciertas mejorar, para luego ir sofisticándolo. "En la medida en que eso incluya personas naturales, se elimine como requisito la inscripción en el Rusad, y se vayan realizando cambios, creo que podría se podría evolucionar a un mercado legal de divisas", dijo Grisanti. "El tema principal es que el sector privado necesita un mecanismo rápido para el acceso a divisas, para comprar y vender, y mejorar así los procesos de producción", agregó el analista. Aunque aclaró que esta posibilidad de un mercado más directo y abierto, no implicará una eliminación del control de cambio, ni tampoco una inclusión de las casas de bolsa. Estima que se continuará permitiendo solamente la participación de los bancos.
De hecho, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), negó la semana pasada una solicitud hecha por casas de bolsa del país, en donde solicitaron una revisión de la disposición que les prohibió negociar papeles del Estado. Hay que recordar que el mercado permuta anterior se manejaba en gran parte a través de estas empresas, y con bonos de deuda pública en dólares. Incluso, el hecho de que varios de los juicios emprendidos a casas de bolsa, relacionados con este mercado, todavía no estén resueltos del todo, es uno de los aspectos que tiene en todavía en evaluación la decisión de un posible regreso del permuta. Sin embargo, el diputado Elvis Amoroso, ya indicó que se debería realizar una nueva reforma a la ley de Ilícitos Cambiarios, lo que plantea la posibilidad de nuevos cambios en el esquema cambiario del país.
Y, de hecho, para Luis Vicente León, director de Datanálisis, una "despenalización" en el mercado sería una opción para el Gobierno en la vía para conseguir una forma eficiente para la distribución de divisas, en función de mejorar la producción nacional, y disminuir los índices de escasez. "La única vía que tiene el Gobierno es permitir un mercado múltiple en el que mantenga su dólar subsidiado, pero despenalice el resto de las operaciones cambiarias para que el mercado regrese a una tasa por debajo de la no oficial", señaló en su columna. Para Alejandro Grisanti, encargado del departamento para América Latina de Barclays Capital, el Gobierno primero está trabajando en el acercamiento con los empresarios. "Hay que procurar mayor estabilidad en la economía, reducir volatilidad, disminuir la desconfianza en el sector privado, pues si no, podría darse una sobre demanda de divisas", señaló el experto. Grisanti estima que primero se establecerá el Sicad, con ciertas mejorar, para luego ir sofisticándolo. "En la medida en que eso incluya personas naturales, se elimine como requisito la inscripción en el Rusad, y se vayan realizando cambios, creo que podría se podría evolucionar a un mercado legal de divisas", dijo Grisanti. "El tema principal es que el sector privado necesita un mecanismo rápido para el acceso a divisas, para comprar y vender, y mejorar así los procesos de producción", agregó el analista. Aunque aclaró que esta posibilidad de un mercado más directo y abierto, no implicará una eliminación del control de cambio, ni tampoco una inclusión de las casas de bolsa. Estima que se continuará permitiendo solamente la participación de los bancos.
sábado, 29 de junio de 2013
Nuevas alcabalas para las empresas
Toda persona jurídica pública o privada tendrá que ponerse firme y a discreción, e inscribirse en el Registro Militar. No hacerlo le traerá como consecuencia diferentes sanciones, entre ella la imposibilidad de contratar personal y obtener solvencias laborales. La reforma de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional (AN), hace extensiva esta obligación a las personas jurídicas, pues según el vicepresidente de la Comisión de Defensa, Néstor León Heredia, en la Constitución está clara la corresponsabilidad ciudadana con la defensa del país, y al momento de un conflicto "las empresas pasan a manos del Estado y son utilizadas para producir lo que sea necesario en una contingencia, por eso es importante tener un registro de ellas".
La Constitución de 1999 eliminó la temida "recluta", pero la inscripción en el Registro Militar sigue siendo obligatoria para las personas naturales venezolanas o naturalizados aunque sólo presta servicio militar quien así lo desea. Una vez registrado todo venezolano, aunque no sea un miembro activo, pasa a formar parte de la reserva. Las autoridades militares le llamarán a prestar servicios en caso de conflicto bélico o cualquier tipo de contingencia que requiera del apoyo ciudadano, incluso desastres naturales. La norma ha pasado por dos reformas una en 2009 y otra en 2010. Pero esta vez además de incluirse la obligación de las empresas a registrarse, también se agregan acciones punitivas para quienes no se inscriban.
El proyecto de reforma establece que las personas naturales que no cumplan con su inscripción no podrán abrir cuentas bancarias, ni obtener títulos académicos de instituciones públicas ni privadas, tampoco podrán tramitar pasaportes, ni licencias para conducir, ni hacer trámites en notarias o registros, así como tampoco podrán solicitar empleo pues será obligatorio presentar la planilla de inscripción o el carnet del Registro Militar permanente. La empresas tampoco podrán incluir en sus nóminas personal nuevo, ni tramitar ningún tipo de solvencias laboral. Los venezolanos en el extranjero no escapan de este trámite, también deben acudir a las sedes diplomáticas y registrarse. También se establece en la Ley la obligación de notificar al Ministerio de la Defensa los cambios de residencia, y de estado civil.
La Constitución de 1999 eliminó la temida "recluta", pero la inscripción en el Registro Militar sigue siendo obligatoria para las personas naturales venezolanas o naturalizados aunque sólo presta servicio militar quien así lo desea. Una vez registrado todo venezolano, aunque no sea un miembro activo, pasa a formar parte de la reserva. Las autoridades militares le llamarán a prestar servicios en caso de conflicto bélico o cualquier tipo de contingencia que requiera del apoyo ciudadano, incluso desastres naturales. La norma ha pasado por dos reformas una en 2009 y otra en 2010. Pero esta vez además de incluirse la obligación de las empresas a registrarse, también se agregan acciones punitivas para quienes no se inscriban.
El proyecto de reforma establece que las personas naturales que no cumplan con su inscripción no podrán abrir cuentas bancarias, ni obtener títulos académicos de instituciones públicas ni privadas, tampoco podrán tramitar pasaportes, ni licencias para conducir, ni hacer trámites en notarias o registros, así como tampoco podrán solicitar empleo pues será obligatorio presentar la planilla de inscripción o el carnet del Registro Militar permanente. La empresas tampoco podrán incluir en sus nóminas personal nuevo, ni tramitar ningún tipo de solvencias laboral. Los venezolanos en el extranjero no escapan de este trámite, también deben acudir a las sedes diplomáticas y registrarse. También se establece en la Ley la obligación de notificar al Ministerio de la Defensa los cambios de residencia, y de estado civil.
viernes, 31 de mayo de 2013
Algunos datos de la nueva Ley de Compra y Venta de Vehículos
El proyecto de Ley de Compra y Venta de Vehículos no fijará precios pero sí las reglas para vender u operar en el comercio de vehículos nuevos y usados hasta 10 años de uso en el país. Todos los procesos del mercado serán definidos en la norma legal que se debate en el Parlamento, y que se redujo a 36 artículos y 6 disposiciones transitorias. Fijar el precio considerado "justo" de los automóviles nuevos o usados hasta 10 años será una responsabilidad de la Sundecop y el Ministerio de Comercio, y se descarta la creación de una Comisión Mixta para tal fin como lo decía el proyecto de Ley.
La fórmula para calcular el precio detuvo la discusión de este proyecto de Ley en la Asamblea Nacional (AN), ya que una Ley no puede determinar precios pues se trata de un mercado variable. El presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, Elio Serrano, señala que la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) tiene competencia según su decreto de creación para definir estos precios. Mientras el Ministerio de Comercio administrará la pagina web donde se podrá consultar el precio de los vehículos usados. Para hacerlo deberá tener el año, modelo, kilometraje, así como el nivel de conservación que será definido en forma subjetiva por el vendedor entre: muy bueno, bueno, regular o malo.
Mientras el Proyecto legal que está en segunda discusión en la AN tiene como finalidad definir las normas a cumplir en el comercio de vehículos y las sanciones para quienes no acaten las reglas. Es parte del comercio de vehículos según Serrano: el proceso de registro y traspaso de vehículos; las normas para establecer una venta de carros usados "no cualquiera hacerlo"; como operarán las listas de espera en los concesionarios, estas deben ser supervisadas por el Indepabis como parte del control social para verificar que se cumpla con la entrega; las ensambladoras deben informar a los entes competentes cuantos vehículos y a que concesionarios se los asignó; los concesionarios deben informar todas las ventas con sus facturación y datos de comprador, y lo mismo deben reportar las notarias y registros del país. Además la banca no podrá dar créditos para compra de vehículos por precios superiores a los que determine la Sundecop o el Ministerio de Comercio; mientras las aseguradoras tampoco podrán diseñar pólizas por encima del precio máximo de venta sugerido. Los vehículos usados según determinó el Ministerio tendrán un precio de venta de 10% menos al de su precio de agencia. Sin embargo, este precio se irá moviendo en el tiempo y lo determinará la hoja de calculo que administrará el ministerio. Otra obligación que se establece en el proyecto de Ley es que las ensambladoras tendrán que proporcionar al Seniat las facturas e información sobre el uso de los cupos de un carro al año para compra de vehículos que tienen sus trabajadores y sindicatos, así como la venta a particulares. "Si un trabajador puede comprar un carro todos los años, debe justificar con su declaración de impuestos", dice Serrano. El diputado considera que la fórmula de depreciación de 10% restará el atractivo para aquellos que andan detrás de los cupos que tiene los trabajadores de las plantas ensambladoras. Pues además de pagarles por su cupo, no podrán venderlo por encima del precio que lo paguen, sino con 10% menos. Fuente: EMEN.
La fórmula para calcular el precio detuvo la discusión de este proyecto de Ley en la Asamblea Nacional (AN), ya que una Ley no puede determinar precios pues se trata de un mercado variable. El presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, Elio Serrano, señala que la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) tiene competencia según su decreto de creación para definir estos precios. Mientras el Ministerio de Comercio administrará la pagina web donde se podrá consultar el precio de los vehículos usados. Para hacerlo deberá tener el año, modelo, kilometraje, así como el nivel de conservación que será definido en forma subjetiva por el vendedor entre: muy bueno, bueno, regular o malo.
Mientras el Proyecto legal que está en segunda discusión en la AN tiene como finalidad definir las normas a cumplir en el comercio de vehículos y las sanciones para quienes no acaten las reglas. Es parte del comercio de vehículos según Serrano: el proceso de registro y traspaso de vehículos; las normas para establecer una venta de carros usados "no cualquiera hacerlo"; como operarán las listas de espera en los concesionarios, estas deben ser supervisadas por el Indepabis como parte del control social para verificar que se cumpla con la entrega; las ensambladoras deben informar a los entes competentes cuantos vehículos y a que concesionarios se los asignó; los concesionarios deben informar todas las ventas con sus facturación y datos de comprador, y lo mismo deben reportar las notarias y registros del país. Además la banca no podrá dar créditos para compra de vehículos por precios superiores a los que determine la Sundecop o el Ministerio de Comercio; mientras las aseguradoras tampoco podrán diseñar pólizas por encima del precio máximo de venta sugerido. Los vehículos usados según determinó el Ministerio tendrán un precio de venta de 10% menos al de su precio de agencia. Sin embargo, este precio se irá moviendo en el tiempo y lo determinará la hoja de calculo que administrará el ministerio. Otra obligación que se establece en el proyecto de Ley es que las ensambladoras tendrán que proporcionar al Seniat las facturas e información sobre el uso de los cupos de un carro al año para compra de vehículos que tienen sus trabajadores y sindicatos, así como la venta a particulares. "Si un trabajador puede comprar un carro todos los años, debe justificar con su declaración de impuestos", dice Serrano. El diputado considera que la fórmula de depreciación de 10% restará el atractivo para aquellos que andan detrás de los cupos que tiene los trabajadores de las plantas ensambladoras. Pues además de pagarles por su cupo, no podrán venderlo por encima del precio que lo paguen, sino con 10% menos. Fuente: EMEN.
lunes, 20 de mayo de 2013
Reestructuración de CADIVI
La reingeniería financiera que realizan en el gabinete económico, para acelerar el proceso de entrega de divisas en Cadivi y evitar que se produzcan demoras nuevamente, comenzará por una revisión de las providencias. El presidente de Cadivi, Eudomar Tovar, señaló que se están evaluando los procesos, y en este estudio están incluidas las providencias por las que se rige el organismo para la autorización de las solicitudes de dólares.
Actualmente, están vigentes 18 normativas de este tipo en el ente, que abarcan desde las solicitudes para importaciones productivas y las tarjetas de crédito hasta el registro y actualización de personas naturales y jurídicas. Desde que nació el organismo se han creado poco más de 100 de estas disposiciones, según las estimaciones de consultoras privadas, entre vigentes y ya caducadas. "Estamos revisando los procesos, revisando las providencias y estamos bastante avanzados. Estamos haciendo lo posible para liquidar en el marco de las medidas que estamos tomando", dijo el funcionario al salir del segundo encuentro entre el gabinete económico y empresarios de 24 sectores económicos del país. Tovar recordó que en 15 días ya lograron cancelar divisas pendientes a 1.500 empresas, con solicitudes por montos de tres millones o menos. "Esto es una buena señal, el lunes comienzan las mesas de trabajo", agregó.
Aunque, en efecto, en la reunión con los empresarios muchos mostraron satisfacción y optimismo por el acercamiento del Gobierno al sector privado, otros industriales consultados indican que la solución a los retrasos en la entrega de divisas no está en un cambio a las providencias, sino en un mayor flujo de divisas. La evaluación que realiza el gabinete económico a los procesos internos de Cadivi también incluye la posibilidad de flexibilizar la inscripción de las empresas en el Rusad, que es el registro con que funciona el organismo. De acuerdo con el presidente del ente administrador de las divisas, es "probable" que se adapten los requisitos solicitados para inscribirse, de modo tal que las pequeñas y medianas empresas que no han logrado matricularse, puedan hacerlo. Entre los cambios impulsados por Eudomar Tovar, desde que asumió la presidencia de Cadivi, también destaca un proceso de decentralización que se lleva a cabo con el apoyo de las sucursales del Banco de Venezuela, que funcionarán como oficinas del organismo cambiario. Fuente: EMEN.
Actualmente, están vigentes 18 normativas de este tipo en el ente, que abarcan desde las solicitudes para importaciones productivas y las tarjetas de crédito hasta el registro y actualización de personas naturales y jurídicas. Desde que nació el organismo se han creado poco más de 100 de estas disposiciones, según las estimaciones de consultoras privadas, entre vigentes y ya caducadas. "Estamos revisando los procesos, revisando las providencias y estamos bastante avanzados. Estamos haciendo lo posible para liquidar en el marco de las medidas que estamos tomando", dijo el funcionario al salir del segundo encuentro entre el gabinete económico y empresarios de 24 sectores económicos del país. Tovar recordó que en 15 días ya lograron cancelar divisas pendientes a 1.500 empresas, con solicitudes por montos de tres millones o menos. "Esto es una buena señal, el lunes comienzan las mesas de trabajo", agregó.
Aunque, en efecto, en la reunión con los empresarios muchos mostraron satisfacción y optimismo por el acercamiento del Gobierno al sector privado, otros industriales consultados indican que la solución a los retrasos en la entrega de divisas no está en un cambio a las providencias, sino en un mayor flujo de divisas. La evaluación que realiza el gabinete económico a los procesos internos de Cadivi también incluye la posibilidad de flexibilizar la inscripción de las empresas en el Rusad, que es el registro con que funciona el organismo. De acuerdo con el presidente del ente administrador de las divisas, es "probable" que se adapten los requisitos solicitados para inscribirse, de modo tal que las pequeñas y medianas empresas que no han logrado matricularse, puedan hacerlo. Entre los cambios impulsados por Eudomar Tovar, desde que asumió la presidencia de Cadivi, también destaca un proceso de decentralización que se lleva a cabo con el apoyo de las sucursales del Banco de Venezuela, que funcionarán como oficinas del organismo cambiario. Fuente: EMEN.
lunes, 6 de mayo de 2013
Descartada prórroga para reducción de jornada laboral
Con la firma del reglamento parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) por parte del presidente Nicolás Maduro, queda descartada cualquier prórroga para la entrada en vigencia, el próximo martes 7 de mayo, de la reducción de la jornada laboral, tal como está contemplado en el texto legal publicado en mayo de 2012. Aun cuando el presidente Maduro señaló que firmaba el reglamento para que entrara en vigencia de manera inmediata, el diputado Francisco Torrealba, integrante de la Comisión Presidencial encargada de la redacción del documento, aseguró que se mantenía el 7 de mayo como fecha de inicio de la reducción de la jornada laboral.
"Se mantiene la fecha, pues ningún reglamento puede violar lo establecido en una ley", aclaró Torrealba, quien señaló además que es primordial que las empresas que no hayan consignado ante el Ministerio del Trabajo el nuevo horario, lo hagan antes del próximo 7 de mayo. Aunque no aclaró los alcances del reglamento, Torrealba aseguró que contiene disposiciones para hacer viable la aplicación de la reducción de la jornada.
Al respecto, Antonio Espinoza, corredactor de la LOT, recordó que el reglamento solo contendrá lineamientos referentes a la aplicación de la ley, pero nunca podrá modificar el espíritu de la norma legal. Señaló además que una ley tan compleja como la del Trabajo puede requerir de varios reglamentos complementarios. Fuente: EMEN.
"Se mantiene la fecha, pues ningún reglamento puede violar lo establecido en una ley", aclaró Torrealba, quien señaló además que es primordial que las empresas que no hayan consignado ante el Ministerio del Trabajo el nuevo horario, lo hagan antes del próximo 7 de mayo. Aunque no aclaró los alcances del reglamento, Torrealba aseguró que contiene disposiciones para hacer viable la aplicación de la reducción de la jornada.
Al respecto, Antonio Espinoza, corredactor de la LOT, recordó que el reglamento solo contendrá lineamientos referentes a la aplicación de la ley, pero nunca podrá modificar el espíritu de la norma legal. Señaló además que una ley tan compleja como la del Trabajo puede requerir de varios reglamentos complementarios. Fuente: EMEN.
jueves, 11 de abril de 2013
Empresas contribuyen al desarrollo con aportes por concepto de la LOCTI
Un aumento de 250% registraron los aportes que hacen las empresas establecidas en el país y cuyos ingresos brutos anuales superan las 100 mil unidades tributarias por concepto de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Locti) en 2012. De acuerdo con datos aportados por Guillermo Barreto, viceministro para el fortalecimiento de la ciencia y la tecnología y presidente del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Fonacit), la recaudación por concepto de Locti alcanzó a Bs. 5.600 millones el año pasado. Barreto señaló que, como quedaba a discreción de las empresas asignar recursos a proyectos en el área, se terminaban diluyendo. Hasta 2010, las empresas tenían la potestad de invertir y asignar los recursos por concepto de Locti en proyectos de investigación propios o de terceros como universidades.
La tasa que aporta la mayoría de empresas es de 0,5% de sus ingresos brutos anuales, salvo que se trate de aquellas ligadas a casinos, salas de bingo y máquinas traganíqueles, a las que se pecha con 2%y a las privadas asociadas a la industria petrolera y minera , que aportan 1%. Resaltó que las contribuciones de unas 20.000 empresas en 2012 permitieron al organismo apoyar 1.287 proyectos, número que contrasta con los 70 proyectos anuales que presentaba el Fonacit antes de la reforma legal. Seguridad alimentaria, ambiente y salud son áreas que se llevan buena parte de las asignaciones, según el funcionario.
El objetivo este año es apoyar proyectos de mayor envergadura, privilegiando las unidades productivas de base tecnológica que se traduzcan en ahorros para el país y que tengan impacto en la vida de la gente, además de promover la investigación científica y la innovación. A raíz de la reforma Locti el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación se propuso no solo cambiar los criterios de recaudación, sino también de asignación de los recursos. Explicó que el objetivo es generar independencia tecnológica identificando los problemas que tienen los productores del campo.
La tasa que aporta la mayoría de empresas es de 0,5% de sus ingresos brutos anuales, salvo que se trate de aquellas ligadas a casinos, salas de bingo y máquinas traganíqueles, a las que se pecha con 2%y a las privadas asociadas a la industria petrolera y minera , que aportan 1%. Resaltó que las contribuciones de unas 20.000 empresas en 2012 permitieron al organismo apoyar 1.287 proyectos, número que contrasta con los 70 proyectos anuales que presentaba el Fonacit antes de la reforma legal. Seguridad alimentaria, ambiente y salud son áreas que se llevan buena parte de las asignaciones, según el funcionario.
El objetivo este año es apoyar proyectos de mayor envergadura, privilegiando las unidades productivas de base tecnológica que se traduzcan en ahorros para el país y que tengan impacto en la vida de la gente, además de promover la investigación científica y la innovación. A raíz de la reforma Locti el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación se propuso no solo cambiar los criterios de recaudación, sino también de asignación de los recursos. Explicó que el objetivo es generar independencia tecnológica identificando los problemas que tienen los productores del campo.
lunes, 25 de marzo de 2013
Ley de Compra y Venta de Autos debe estar lista esta semana
El presidente encargado Nicolás Maduro le pidió al diputado Elvis Amoroso que apruebe la Ley que regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados, Nacionales e Importados para esta semana. El diputado Elvis Amoroso, quien está llevando adelante esta norma, señaló a Maduro: "Si pedimos la emergencia parlamentaria, sí se puede aprobar, presidente", a lo cual Maduro respondió: "Vamos a hacerlo, propongo que para el miércoles (próximo) esté listo el ejecútese como Ley de la República, esto tiene que estar ya". El proyecto ya fue aprobado en primera discusión y el diputado Amoroso afirmó que ya están listas todas las consultas necesarias para llevarlo a segunda discusión.
Maduro expresó que los concesionarios que se presten para que un carro cueste el triple de su precio en dólares deben ser cerrados de inmediato. "¿Por qué una familia no puede comprarse un carrito, por qué no?". Criticó que los revendedores vendan un Malibú de los años 80 a 80.000 bolívares y que un escarabajo de la misma década cueste más de 60.000 bolívares. "Si un carro tiene un precio con dólares nuestros de la República, eso tiene que costar el valor del cambio en bolívares", dijo Maduro en un pase en vivo por el canal del Estado.
El ministro de Industrias, Ricardo Menéndez, señaló que los convenios realizados por el Gobierno han permitido incrementar la capacidad productiva del sector automotriz. "Solo con los convenios automotrices, 19 proyectos y 17 empresas mixtas del sector, estamos hablando de un crecimiento de cerca de 34% en las capacidades industriales", señaló el ministro desde la planta de la Corporación Automotriz ZGT en Tejerías, estado Aragua. Indicó en una transmisión de VTV que esa empresa ha producido 13.890 vehículos desde su instalación hace 18 meses y que es producto de los acuerdos con la empresa china Chery. Asimismo, el ministro comentó que en esta fábrica Venezuela producirá dos modelos para exportar al Mercosur: el X1 y Tiggo. Veremos si esta propuesta se hace realidad.
Maduro expresó que los concesionarios que se presten para que un carro cueste el triple de su precio en dólares deben ser cerrados de inmediato. "¿Por qué una familia no puede comprarse un carrito, por qué no?". Criticó que los revendedores vendan un Malibú de los años 80 a 80.000 bolívares y que un escarabajo de la misma década cueste más de 60.000 bolívares. "Si un carro tiene un precio con dólares nuestros de la República, eso tiene que costar el valor del cambio en bolívares", dijo Maduro en un pase en vivo por el canal del Estado.
El ministro de Industrias, Ricardo Menéndez, señaló que los convenios realizados por el Gobierno han permitido incrementar la capacidad productiva del sector automotriz. "Solo con los convenios automotrices, 19 proyectos y 17 empresas mixtas del sector, estamos hablando de un crecimiento de cerca de 34% en las capacidades industriales", señaló el ministro desde la planta de la Corporación Automotriz ZGT en Tejerías, estado Aragua. Indicó en una transmisión de VTV que esa empresa ha producido 13.890 vehículos desde su instalación hace 18 meses y que es producto de los acuerdos con la empresa china Chery. Asimismo, el ministro comentó que en esta fábrica Venezuela producirá dos modelos para exportar al Mercosur: el X1 y Tiggo. Veremos si esta propuesta se hace realidad.
lunes, 28 de enero de 2013
Ley de regulación de compra venta de vehículos tendrá prioridad
En un mes o máximo 45 días se prevé sancionar en la Asamblea Nacional el proyecto de Ley para regular la compra venta de vehículos nuevos y usados, anunció el presidente de la Comisión de Política Interior, y proponente de la iniciativa legislativa, Elvis Amoroso. "Un mes es suficiente para aprobar la ley. Lo que presentamos ayer (martes) es el marco y las líneas generales, pero el proyecto está bien condensado y aparte de eso, tenemos ya muchos informes complementarios que tienen que ver con la materia", indicó Amoroso.
La iniciativa legal que consta de 32 artículos, fue aprobada este martes en primera discusión, luego de ser declarada su urgencia parlamentaria por unanimidad. El texto fue remitido a la comisión de Administración y Servicios, que comenzará a sesionar la próxima semana una vez se definan las presidencias y vicepresidencias de los grupos de trabajo legislativo para 2013, indicó Pedro Carreño.
Por la oposición, el diputado Hernán Núñez avaló la iniciativa legislativa tras señalar que la norma representa una necesidad en respuesta a un problema que debe ser regulado con urgencia. "La venta de vehículos se ha convertido en una práctica de usura que toca a todos los venezolanos sin distinciones de ningún tipo. Esta ley no viene a regular la compra y venta de vehículos sino a permitir que los ciudadanos puedan acceder a los vehículos a precios reales, no distorsionados", indicó Núñez.
La iniciativa legal que consta de 32 artículos, fue aprobada este martes en primera discusión, luego de ser declarada su urgencia parlamentaria por unanimidad. El texto fue remitido a la comisión de Administración y Servicios, que comenzará a sesionar la próxima semana una vez se definan las presidencias y vicepresidencias de los grupos de trabajo legislativo para 2013, indicó Pedro Carreño.
Por la oposición, el diputado Hernán Núñez avaló la iniciativa legislativa tras señalar que la norma representa una necesidad en respuesta a un problema que debe ser regulado con urgencia. "La venta de vehículos se ha convertido en una práctica de usura que toca a todos los venezolanos sin distinciones de ningún tipo. Esta ley no viene a regular la compra y venta de vehículos sino a permitir que los ciudadanos puedan acceder a los vehículos a precios reales, no distorsionados", indicó Núñez.
sábado, 22 de diciembre de 2012
Reconocen legalidad del mercado alternativo de divisas en el juicio a Econoinvest
El mercado alternativo de divisas, conformado por operaciones de títulos valores
con fines cambiarios, estaba permitido por los marcos regulatorios del país y
promovido por la política monetaria nacional, la cual estipula el Banco Central
de Venezuela (BCV) con total autonomía. Así lo indicó la abogada Noris
Aguirre, especialista en mercado de capitales, en el juicio a los cuatro
directivos de Econoinvest. El acto llegó a la fase de los testigos, y Aguirre es
la primera experta en asistir, desde la promoción de la defensa. "Con el
mercado alternativo se comenzaron a atender los retrasos a Cadivi, con lo que se
le dio un respiro a la economía", señaló Aguirre. Reiteró que el
mercado alternativo se inició luego de que el Convenio Cambiario número cuatro
permitiera las operaciones de títulos valores con divisas, dejando sin vigencia
el Convenio Cambiario número uno, el primero que fue decretado cuando comenzó el
control de cambio en el país.
Noris Aguirre, que fue gerente general de la Caja Venezolana de Valores, reiteró que todas las emisiones de títulos de deuda incluían el decreto que especificaba los parámetros para su negociación, y en estos documentos nunca existió alguna limitación para transar en bolívares o en dólares en el caso de los Títulos de Interés y Capital Cubierto (Ticc), siempre y cuando se diera una compra y venta de ese papel en la transacción. Sin embargo, recordó la experta, la Asociación Bancaria de Venezuela solicitó al ente emisor una reiteración sobre la permisibilidad de la negociación de los Ticc, a la que el propio directorio del BCV respondió, asintiendo a que estos papeles podían ser usados para transacciones con fines cambiarios. De hecho, señaló que la premisa incluida en los decretos y prospectos de todas las emisiones sobre "la democratización del capital", aunado a la inscripción de estos títulos en el Sicet (Sistema de Custodia del BCV) se anticipaba a la formulación de un mercado secundario. "Nunca existió ninguna restricción para que los Ticc se negociarán en dólares o en bolívares", sostuvo Aguirre. Y aseveró que todas las operaciones con estos títulos, y con cualquier otro de deuda pública, quedaban registradas en el Sicet: desde el cambio de propiedad o titularidad del bono, hasta cuánto y dónde se había hecho el pago.
Si la contraparte monetaria se hiciera en Venezuela, el registro queda en el Sistema de pagos nacional, cuyos registros también lleva el BCV. Mientras que si se hiciera en moneda extranjera, el pago se realiza en los bancos internacionales con sistema Swift, al que pertenece el ente emisor venezolano, por lo que también tiene acceso a toda la data o traza de la operación. Fuente: EMEN.
Noris Aguirre, que fue gerente general de la Caja Venezolana de Valores, reiteró que todas las emisiones de títulos de deuda incluían el decreto que especificaba los parámetros para su negociación, y en estos documentos nunca existió alguna limitación para transar en bolívares o en dólares en el caso de los Títulos de Interés y Capital Cubierto (Ticc), siempre y cuando se diera una compra y venta de ese papel en la transacción. Sin embargo, recordó la experta, la Asociación Bancaria de Venezuela solicitó al ente emisor una reiteración sobre la permisibilidad de la negociación de los Ticc, a la que el propio directorio del BCV respondió, asintiendo a que estos papeles podían ser usados para transacciones con fines cambiarios. De hecho, señaló que la premisa incluida en los decretos y prospectos de todas las emisiones sobre "la democratización del capital", aunado a la inscripción de estos títulos en el Sicet (Sistema de Custodia del BCV) se anticipaba a la formulación de un mercado secundario. "Nunca existió ninguna restricción para que los Ticc se negociarán en dólares o en bolívares", sostuvo Aguirre. Y aseveró que todas las operaciones con estos títulos, y con cualquier otro de deuda pública, quedaban registradas en el Sicet: desde el cambio de propiedad o titularidad del bono, hasta cuánto y dónde se había hecho el pago.
Si la contraparte monetaria se hiciera en Venezuela, el registro queda en el Sistema de pagos nacional, cuyos registros también lleva el BCV. Mientras que si se hiciera en moneda extranjera, el pago se realiza en los bancos internacionales con sistema Swift, al que pertenece el ente emisor venezolano, por lo que también tiene acceso a toda la data o traza de la operación. Fuente: EMEN.
sábado, 15 de diciembre de 2012
Asamblea Nacional aclara alcance de las comunas
Las Comunas no tienen competencias legales en la asignación de
divisas. El director de Investigación y Asesoría en Políticas Sociales de la
Asamblea Nacional (AN), Ulises Daal niega esta posibilidad, y asegura que su
leyes del Poder Popular no lo contemplan. "Eso no está planteado en la Ley,
lo que dice el artículo 74, de la Ley Orgánica de Economía Comunal es que para
promover la integración y el intercambio comercial comunitario, el Estado
garantizará la obtención de divisas a estas estructuras", dice. El Estado
tiene reservadas áreas estratégicas del país que se mantienen en manos del
Estado por razón de seguridad y desarrollo. "Es descabellado que la comuna tenga
decisión he incidencia directa en esto. El manejo de divisas es parte de las
materias estratégicas".
La sociedad privado-comunal tampoco está prevista en las leyes del Poder Popular. Daal señala que desde el punto de vista legal no procede, y desde el punto de vista político tampoco. La única forma de asociación prevista en el marco legal vigente es empresas comunales - Estado. La razón que expresa Daal, es que los bienes del Estado son de propiedad social y nacional, conllevan un beneficio social y no beneficios particulares. El asesor de la AN, señala que se incurre en una "equivocación" al decir que se puede dar este tipo de empresa. "Lo que sí se puede hacer es la asociación de una empresa pública con una privada, como se ha venido haciendo". Incluso dice que la legislación del Poder Popular establece que en caso de la disolución de una empresa de propiedad comunal, esta pasa al Estado.
Cuando se da la expropiación de una empresa privada por parte del Estado, Daal señala que aunque esta puede ser puesta en manos de la comunidad para que la opere, se trata de un procedimiento diferente, que no se da por voluntad de sus propietarios y las comunidades. "Ese es otro procedimiento, es el Estado quien administra los bienes de propiedad pública y social y los puede transferir, y las instancias del Poder Popular tienen capacidad de ser receptoras de descentralización y para la administración directa de recursos y servicios", detalla Daal. Pero asegura que esta sería otra fórmula que no está prevista en las leyes del Poder Popular, y que la expropiación es parte de una potestad reservada al Ejecutivo. El ex diputado agrega que la Ley establece que las organizaciones socioproductivas de "propiedad social" se impulsan por decisión de las instancias del Poder Popular, por el Poder Público cuando la coordinación de estructura administrativa la ejerce el dicho poder, o por asociación del Poder Público y el Popular.
La sociedad privado-comunal tampoco está prevista en las leyes del Poder Popular. Daal señala que desde el punto de vista legal no procede, y desde el punto de vista político tampoco. La única forma de asociación prevista en el marco legal vigente es empresas comunales - Estado. La razón que expresa Daal, es que los bienes del Estado son de propiedad social y nacional, conllevan un beneficio social y no beneficios particulares. El asesor de la AN, señala que se incurre en una "equivocación" al decir que se puede dar este tipo de empresa. "Lo que sí se puede hacer es la asociación de una empresa pública con una privada, como se ha venido haciendo". Incluso dice que la legislación del Poder Popular establece que en caso de la disolución de una empresa de propiedad comunal, esta pasa al Estado.
Cuando se da la expropiación de una empresa privada por parte del Estado, Daal señala que aunque esta puede ser puesta en manos de la comunidad para que la opere, se trata de un procedimiento diferente, que no se da por voluntad de sus propietarios y las comunidades. "Ese es otro procedimiento, es el Estado quien administra los bienes de propiedad pública y social y los puede transferir, y las instancias del Poder Popular tienen capacidad de ser receptoras de descentralización y para la administración directa de recursos y servicios", detalla Daal. Pero asegura que esta sería otra fórmula que no está prevista en las leyes del Poder Popular, y que la expropiación es parte de una potestad reservada al Ejecutivo. El ex diputado agrega que la Ley establece que las organizaciones socioproductivas de "propiedad social" se impulsan por decisión de las instancias del Poder Popular, por el Poder Público cuando la coordinación de estructura administrativa la ejerce el dicho poder, o por asociación del Poder Público y el Popular.
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