De acuerdo con lo explicado por el presidente del Banco Central de Venezuela
(BCV), Nelson Merentes, todo ciudadano que posea dólares de manera lícita puede
abrir su cuenta en cualquier institución financiera venezolana, tanto pública
como privada. Además, ha explicado que "el usuario podrá transar con una tarjeta
de débito o transferencia afuera de nuestro territorio". Esta normativa
permite el mantenimiento de cuentas en divisas a empresas no residenciadas en el
país que participan en los proyectos de inversión pública estratégicos que lleva
adelante el Gobierno. También permite a las personas naturales y jurídicas,
domiciliadas en el país, depositar en esas cuentas los recursos provenientes de
la venta de los bonos denominados en moneda extranjera, emitidos por la
República o sus entes descentralizados, por intermedio del Sistema de Colocación
Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (Sitcome) o el Sistema de Transacciones
con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), ambos administrados por el ente
emisor.
Las cuentas en moneda extranjera se podrán mantener en todos los
bancos universales que funcionan en el país, que están regidos por la Ley de
Instituciones del Sector Bancario. La norma permite a esas instituciones
financieras recibir los depósitos, bien sea en cuentas a la vista (que funcionan
de forma similar a una cuenta corriente pero sin chequera) o término (ahorro y
plazo). Los depósitos en moneda extranjera pueden movilizarse mediante
retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de
cambio vigente. Fuente: AVN.
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