El plazo para cancelar los créditos aprobados para remodelación
de vivienda ahora es de 10 años. Anteriormente, los clientes que solicitaran
este tipo de préstamos tenían hasta 25 años para pagar. El cambio fue hecho por
el Ejecutivo en una reforma a la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda,
publicada en la Gaceta Oficial N° 39.969. Igual ocurrió con los préstamos
para la ampliación de la vivienda principal, que se otorgaban con un lapso de 25
años para pagar, pero ahora deberán cancelar el monto del crédito en 15 años.
A los préstamos para autoconstrucción también se les redujo en cinco años el
lapso de vencimiento para honrar la deuda. La reforma hecha a la ley disminuyó
el tiempo de 25 a 20 años.
Este cambio solo benefició -en cuanto a plazo de
pago- al crédito para adquisición de vivienda. Antes la normativa establecía que
en 25 años debía cancelarse el crédito, y ahora el lapso es de 30 años. Así,
los deudores de los créditos para comprar casa cuentan con más lapso para el
pago, pero los que lo solicitan para autoconstrucción, remodelación o ampliación
deberán cancelar en menos tiempo. De acuerdo con Alejandro Cáribas, ex
superintendente de bancos, los cambios en esta reforma son menores. Solo resalta
el aumento del límite para el crédito de adquisición de vivienda principal, que
pasó de Bs. 270.000 a Bs. 300.000 para aquellas personas que son beneficiarias
del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Faov). Esto, además de los
topes que se establecieron para los créditos de autoconstrucción, que supondrán
un monto máximo de 202.500 bolívares; los de ampliación, que tendrán como techo
135.000 bolívares; y los de remodelación, que llegarán hasta 81.000 bolívares.
Para Pedro El Khaouli, director
senior de Fitchs Ratings, los cambios que la reforma trajo en los plazos no
significarán una mejora para los balances del banco. Explica el analista de esta
calificadora de riesgo que el "descalce" por prestar a largo plazo, con
depósitos a la vista (la mayoría de las captaciones en Venezuela están en
cuentas corrientes), es prácticamente igual, así el tiempo de vencimiento del
préstamo sea de 10 años o 25 años. Señala que los cambios en cuanto al tiempo de vencimiento de los créditos
representan una "sinceración" de plazos, y reitera que "no hay impacto a
considerar a nivel del perfil de riesgo de las entidades", pues igual los bancos
tienen que mejorar su brecha de vencimientos, según indica. Fuente: EMEN.
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