Por disposición del Gobierno, ahora las entidades bancarias
están obligadas a ofrecer financiamiento a largo plazo para todos los
apartamentos de cualquier proyecto habitacional financiado por un banco con
préstamos a corto plazo. La medida, vía decreto presidencial, aclara que este
dictamen deben cumplirlo los bancos privados y también los públicos. "Las
instituciones del sector bancario, tanto públicas como privadas, tendrán la
obligación de otorgar préstamos hipotecarios a largo plazo", se señala en la
Gaceta Oficial N° 39.809.
Antes de esta resolución, la banca y los
constructores tenían convenios en los que se establecían este tipo de
parámetros, a través de los cuales el banco facilitaba las gestiones para los
créditos a los interesados en los apartamentos de la urbanización cuya
construcción fue financiada por el banco, pero esto de acuerdo a los análisis de
riesgo respectivos a cada posible acreedor. Ahora es una obligación, luego
que el Gobierno indicara que se otorgarán préstamos "para la adquisición de
todos y cada uno de los inmuebles que hayan sido construidos, total o
parcialmente con préstamos a corto plazo otorgados por cada una de ellas con
recursos provenientes de dicha cartera".
La disposición también recalca que
los préstamos se contabilizarán para el cumplimiento de la gaveta obligatoria
hipotecaria que debe ejecutar la banca, la cual es 12% del total de la cartera
de crédito. Según aclara la disposición, si varios bancos prestaron para la
construcción de un mismo proyecto habitacional, cada uno tendrá que otorgar
préstamos de acuerdo a la proporción que le tocó financiar. El Banavih
inspeccionará mensualmente el cumplimiento de la medida, y de no ser acatada la
instrucción, se impondrán sanciones al banco. Si una de las personas que perdió su vivienda por las lluvias de hace un
año, o algún otro desastre natural, decidiera comprar otra casa, se le realizará
un descuento de 50% sobre el precio, según también se estableció por decreto
presidencial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario