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jueves, 1 de marzo de 2012

Gobierno apuesta por el sector agrícola

Está ya vigente el marco legal para que bonos emitidos por el Gobierno que van a financiar el anunciado Fondo Ezequiel Zamora se contabilicen en el cumplimiento de la cartera obligatoria para la agricultura. Y, de hecho, es el cambio más significativo que le hizo el Ejecutivo a la normativa en donde se establecen los porcentajes que de la cartera total de crédito deberán destinar los bancos obligatoriamente al sector del campo. La resolución N° 3155 que aprobaron en conjunto los ministerios de Planificación y Finanzas, y el de Agricultura y Tierras, incluye entre las "colocaciones autorizadas", a "cualquier otro Fondo Nacional". Y, además, establece la posibilidad para que esta alternativa contabilice en el cumplimiento de los créditos que hay que destinar a los trabajos del campo.
 
"A efectos de alcanzar el monto mínimo requerido, las instituciones financieras que no cumplieran con el porcentaje fijado... podrán, mediante acuerdos, colocar los recursos en la banca pública, en el fondo para el desarrollo agrario socialista (Fondas)...", dice el artículo 7 de la nueva normativa, y hasta ahí está exactamente igual a la resolución que debía cumplirse el año pasado. Pero se le agregó un cambio: "o en cualquier otro Fondo Nacional o Regional Público de financiamiento del sector agrario, siempre que dichas operaciones garanticen como finalidad la concesión de créditos agrarios". El presidente Hugo Chávez anunció los porcentajes mensuales que los bancos deberán destinar a créditos para los productores agropecuarios, lo cual está incluido en esta resolución. Y, aunque no dio detalles específicos sobre la posible emisión de bonos agrícolas para financiar el nuevo Fondo Ezequiel Zamora, habló de posibles garantías. "En el caso de los créditos agrícolas, he dado instrucciones a Giordani (ministro de Finanzas) para que la garantía la demos por dos vías, el Bandes, por vía del Fonden, Fondo de Desarrollo Nacional, garantizamos, y también una parte Petróleos de Venezuela", dijo el primer mandatario el pasado 15 de febrero.
 
El aumento que establece la recién aprobada resolución, en donde se indica que deberá incrementarse en por lo menos 30% con respecto al total de prestatarios de la cartera agraria del año anterior, no hay ninguna modificación, así tal cual estaba establecida ya en el 2011, según la normativa vigente para ese momento, la resolución N° 2992. El aumento en esta categoría ya se había dado en el 2011, cuando se aumentó de 20% a 30%, a raíz de la situación que provocó la sequía y la posterior época de lluvias. Sobre los plazos de pago de los préstamos sí se establecieron modificaciones. El año pasado, para la adquisición de maquinarias y equipos los plazos eran entre 4 a 8 años; pero en la nueva resolución, la vigente para este año, se establece que serán desde 5 a 8 años. Los períodos de gracia para estos usos estaban establecidos desde 12 a 24 meses, pero ahora serán solo de 12 meses.
El plazo también se redujo para la construcción y mejoramiento de infraestructura, que tenían plazos de 8 años, y ahora se indica que los tiempos irán desde los 4 a los 8 años. En estos casos los períodos se mantuvieron en 24 meses. En cuanto a las provisiones, que son el respaldo de dinero que debe conformar el banco de acuerdo al riesgo que represente cada préstamo, la normativa continúa igual. Es decir, que las normas para establecer el monto a resguardar por cada crédito, de acuerdo a su riesgo, sigue siendo el mismo. Esto implica que, por ejemplo, las garantías que pueda dar Sogarsa (Sociedad de Garantías Recíprocas para el Sector Agropecuario) a un productor, no cuenta para rebajar su calificación de riesgo. Fuente: EMEN.

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